Propone Bonifacio Castillo reforma para reconocer y dignificar labor de agentes municipales

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Municipiosur.com

Reiteró que esta figura jurídica tiene derecho a una remuneración económica y el apoyo del ayuntamiento para cumplir con sus funciones

Xalapa, Veracruz, 15 de noviembre de 2022.- El diputado por Morena, Bonifacio Castillo Cruz, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Municipio Libre, donde se reconozca y dignifique las labores de los agentes y subagentes municipales.

Al presentar sus argumentos en la máxima tribuna, el Legislador del Distrito de Papantla recordó que en la normativa actual se le considera al Agente Municipal como un servidor público, que también funge como auxiliar del ayuntamiento y con un ámbito de actuación debidamente regulado. Quienes legalmente deben actuar de acuerdo a reglamentos aplicables en el lugar de su residencia, mantener la tranquilidad y seguridad de los habitantes de las congregaciones y rancherías, según el caso; en fin, diversas obligaciones que, de no acatar y cumplir, podrán tener consecuencias legales; sin embargo, no cuentan con el apoyo y remuneración que les valore.

“Los agentes municipales, en su mayoría, son personas indígenas de vocación campesina; muchas veces, con una preparación académica limitada, y deben combinar el ejercicio de poder con sus labores de trabajo, por lo que es normal la queja recurrente y justa de estos servidores públicos, quienes no reciben un incentivo por su colaboración, siendo casi unánime que lo que mayormente obtienen son una serie de complicaciones que, con limitantes, tienen la obligación de resolver”, dijo.

Aunado a que, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 127, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82, de la Constitución del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y 114, de la Ley Orgánica del Municipio Libre -prosiguió-, los Agentes y Subagentes Municipales son servidores públicos que deben recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su cargo.

En ese sentido, propuso reformar el penúltimo párrafo del artículo 11, así como los número 19 y 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, a fin de que los agentes municipales puedan contar con el ayuntamiento, para que les dote -mediante resguardo- herramientas y/o recursos necesarios, como maquinaria y unidades de apoyo para la atención en servicios de seguridad y salud; lo anterior, de acuerdo con las poblaciones agrupadas a través de convenios de colaboración y según la disponibilidad presupuestal del municipio y la densidad poblacional a atenderse.

Por cuanto hace una remuneración económica, Castillo Cruz reiteró que tienen derecho a ésta, la cual es irrenunciable, de conformidad con los artículos 36, fracción IV, y 127 constitucionales, 68 y 82 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, y agregó que el Estado, con recursos municipales, les facilite o dote a las congregaciones y rancherías herramientas necesarias para que los servidores cumplan con sus funciones.

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