
Por Azucena Victoria
Municipiosur.com
Andrés Escandón Santos, líder del Sindicato Único de los Empleados Municipales de Minatitlán, es un ser humano que no tiene “llenadera”, y como no la tiene, pues ahora, junto con su gente, tomaron el Palacio Municipal para presionar para que el Ayuntamiento les page diez millones de pesos. El señor Escandón y directiva, con sus “perversas” acciones que realizan, están violando el Contrato Colectivo del Trabajo que tienen firmado con el Ayuntamiento de Minatitlán. VIOLACIONES AL CONTRATO COLECTIVO 1.- CLAUSULA 1. Reconocer al Sindicato. Ambigua su demanda 2.- Clausula 9. Todas las plazas de nueva creación, las temporales y las vacantes definitivas y/o liquidaciones deberán ser cubiertas por socios propuestos por el Sindicato. 30 plazas Vacantes. 3.- Cláusula 11. La Entidad Pública pagará el tiempo extra. Se cumple de manera parcial (al 50%) 4.- Cláusula 13. La Entidad Pública deberá hacer el pago efectivo de 25 días de salario base por cada año laborado, por concepto de prima de antigüedad a los socios del SUEM que se retiren por cualquier motivo y antigüedad. $4,000,000.00 cuatro millones de pesos. 5.- Cláusula 29. Proporcionar a los trabajadores los útiles y materiales necesarios para ejecutar el trabajo. Se cumple 6.- Cláusula 30 y 31 bis.- La Entidad Pública acepta otorgar 4 uniformes, 4 pantalones, 4 camisas y 2 pares de zapatos industriales y 5 uniformes a los trabajadores de área administrativa. $3, 192,000.00 (tres millones ciento noventa y dos mil pesos). Aprobado por cabildo mediante primera sesión extraordinaria del 12 de enero de 2023. 7.-Cláusula 33. Construcción de servicios sanitarios. Todos los departamentos cuentan con sanitarios 8.- Cláusula 35. Gastos de hospedaje y alimentación a los trabajadores que pernocten fuera de la ciudad. Viáticos, se cumple con $150 pesos al día. 9.- Cláusula 36. Los trabajadores que realicen actividades de mayor nivel, serán retribuidos conforme al nivel de ascenso. No hay manifestación al respecto por parte del SUEM. 10.- Cláusula 37. Se pague económicamente al trabajador la capacitación si es fuera de su horario laboral. No se han manifestado al respecto. 11.- Cláusula 38. Nombramientos. Se ha cumplido parcialmente (faltan 3 nombramientos). Cláusula 39. Reconocimiento anual con valor curricular a un trabajador sindicalizado. El sindicato no ha cumplido con proponer al trabajador. 12.- Cláusula 43. Derecho de petición. 13.- Cláusula 47. Otorgar 325 litros de gasolina semanales. Se otorgan 100 litros a la semana, el sindicato demanda el pago de 9,900 litros de manera retroactiva. $250,000 pesos. 14.- Cláusula 51. Solicitan las nóminas quincenales para revisión. Se cumple. 16.- Cláusula 57. Construcción de un campamento en área rural para el departamento de obras públicas y en el área urbana para los departamentos de limpia pública, alumbrado y ornatos. La presidenta abordó el tema en audiencia intinerante, exponiendo la inviabilidad de la Cláusula. 17.- Cláusula 58. Otorgar un día de asueto a cada trabajador por su onomástico. Se cumple. 18.- Cláusula 68. La Entidad Pública integrará todas las prestaciones económicas al salario base al 100%, 5 años antes de su retiro, de cualquier socio del SUEM, que haya cumplido 24 años y 6 meses. 19.- Cláusula 71. Compra y donación de un inmueble para la construcción de casa habitacionales. REVISION A LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO. 1.- Incremento salarial de 10% de manera retroactiva para los años 2022 al 2025. $10,000.00 millones de pesos. 2.- Cláusula 15. Se incrementen 5 días cada nivel por concepto de aguinaldo. 0 a 9 años. 55 días. 10 a 14 años. 60 días. 15 a 30 años. 70 días. 500 trabajadores, dan 2500 días de salario promedio, en promedio $500.00, total de $1,250,000.00 de incremento a aguinaldos.
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