LA AMNISTIA QUE VIENE

Sin patear el pesebre
Por: Jorge Yunis Manzanares

Todas aquellas personas que hayan desplegado conductas antisociales, hayan sido sentenciados, se encuentren bajo penas punitivas carcelarias, o bajo alguna de las modalidades que a continuación se mencionan:

ABORTO
a) Se impute a la madre del producto
b) Se impute a los médicos, cirujanos, comadronas, parteras u otro personal autorizado de servicios de salud
c) Se impute a los familiares de la madre del producto que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo.

HOMICIDIO POR RAZÓN DE PARENTESCO Cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez en los supuestos de la fracción

DELITOS CONTRA LA SALUD
a) Personas en situación de pobreza; extrema vulnerabilidad; exclusión; discriminación; discapacidad permanente. Cuando el delito se haya cometido por indicación del cónyuge o pariente o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada
b) Personas indígenas o afro mexicanas que se encuentren en las hipótesis anteriores
c) Personas consumidoras siempre y cuando la cantidad poseída de narcóticos no sea superior a dos tantos de la dosis máxima autorizada por ley y siempre que no haya habido fines de distribución o venta.

PERSONAS PERTENECIENTES A PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Que no hayan contado con intérpretes o defensores con conocimiento de su lengua y cultura.

DELITO DE ROBO SIMPLE Y SIN VIOLENCIA Que no amerite pena privativa de la libertad de más de cuatro años.

DELITO DE SEDICIÓN Siempre que no se trate de terrorismo y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves o se hayan utilizado armas de fuego.

También procederá la amnistía a acusados o sentenciados de delitos contra el medio ambiente, siempre y cuando haya reparación del daño, en casos de delito de resistencia y abigeato y en asuntos donde alguna resolución instancia nacional o internacional en materia derechos humanos por violaciones a sus garantías. Y en los casos de acusados indígenas que no hayan contado durante su proceso judicial con un intérprete para su defensa.

Este 6 de enero de 2021 el pleno de la Legislatura del Estado de México, aprobó por mayoría de votos, la Ley de Amnistía en la entidad que permitirá la excarcelación de mujeres, jóvenes indígenas, adultos mayores y personas en condición de pobreza, que fueron acusados o sentenciados de delitos no graves.

Ojalá la legislatura del estado de Veracruz por conducto de la comisión permanente lo turne a la administración y procuración de justicia del congreso para que este a su vez cree una comisión legislativa y logren aprobarla por mayoría de votos y una vez que sea promulgada y publicada por el gobernador para beneficio de grupos vulnerables y personas que hayan cometido delitos menos.

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