“Escuelas Particulares”

DE POLÍTICAS

Por Federico Lagunes

Entre el 1 y 10 del presente mes, (abril), los propietarios de los “colegios privados” que operan en Coatzacoalcos, “obligaron” a los padres de familia a pagar las mensualidades de las colegiaturas de sus hijos. A los dueños de las “escuelas particulares”, les valió “mandarina” que los padres de familia no estén trabajando, y como consecuencia, por la falta de empleo, pues no tienen dinero para pagar algunos servicios. Hoy en día, los padres de familia, solo tienen dinero para llevar alimentos a sus hogares para resistir los días de encierro por el “Coronavirus”, no hay efectivo para otros “lujos” en plena emergencia sanitaria. ¿Pero adivinen qué fue lo que paso?, los “buitres” de la “educación privada porteña”, se salieron con la suya, en efecto, “sin tocarse el corazón”, les robaron el dinero a los padres de familia. La amenaza para los padres de familia que tienen a sus hijos en las “escuelas privadas” era contundente: “o pagas la mensualidad o te reprobamos o corremos a tu hijo”. “La bebes o la derramas”. Los descarados abusos de los dueños de los “colegios privados”, y que lo anterior se escuche lejos, los ubica en lo que en verdad son, unos auténticos “mercenarios” de la educación. El dato duro: 1.-Pero no todo está perdido para los padres de familia, la Procuraduría Federal del Consumidor, ahí donde el titular a nivel nacional es don Ricardo Sheffield Padilla, con el fin que los padres de familia, no solo de Coatzacoalcos, sino de todo el país, no se sientan “desprotegidos” por los abusos de los propietarios de los “colegios privados”, hace un llamado a que se “quejen” en la PROFECO para “meter en cintura a los dueños de las “escuelas privadas”. Hoy vamos a dar a conocer una noticia de la PROFECO que se publicó en el periódico “Milenio”, la cual a la letra dice así: “La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que los contratantes de servicios educativos privados no están obligados a pagar la colegiatura si no están recibiendo el servicio. La dependencia federal indicó que conforme a un análisis jurídico, el prestador únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió. Explicó que es aplicable incluso cuando el impedimento para cumplir con la prestación del servicio sea por una causa de fuerza mayor, es decir, ajena a la propia voluntad del proveedor. “El prestador de servicios únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió y en caso de que no se hayan brindado, el consumidor no tendrá la obligación de efectuar dicho pago”. La dependencia federal señaló que recibirá todas las quejas por cobros de colegiaturas y otros servicios educativos correspondientes al periodo en que no han tenido actividades. “El prestador de servicios únicamente podrá exigir el pago cuando haya cumplido la obligación de proporcionar los servicios a los que se comprometió y en caso de que no se hayan brindado, el consumidor no tendrá la obligación de efectuar dicho pago”. El dato 1.-Con estos datos que da la propia PROFECO, pues los padres de familia pueden presentar sus “demandas” y “quejas” en la PROFECO para que los dueños de los colegios privados que operan en Coatzacoalcos no se sigan pasado de “cochinos” y “trompudos”. Comentarios: federico.lagunes@hotmail.com Tel: 9211353044.