Por Jorge Yunis Manzanares
+ *IMPEDIR EL DESEMPEÑO DE SU CARGO A ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO, FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL*.
Vía Inbox me preguntan, si ¿Hay otro delito por el cual debieran ser acusados los empleados municipales incluyendo a su líder Gersain Hidalgo Cruz? Ya que desde hace varios días tienen tomadas las instalaciones del Ayuntamiento y no dejan que los empleados de confianza lleguen a desempeñar sus labores.
Comentario jurídico
En respuesta a la pregunta quisiera decirles que SI HAY UN DELITO EN ESTA SITUACIÓN, ya sea por la vía federal o estatal es el DELITO DE SEDICIÓN por la vía federal, este delito está tipificado en el artículo 130 del Código Penal Federal y se aplicara una PENA DE SEIS MESES A OCHO AÑOS Y A QUIENES DIRIJAN, ORGANICEN, INCITEN, Y COMPELAN O PATROCINEN ECONÓMICAMENTE A OTROS PARA COMETER EL DELITO de sedición se le aplicara una pena de cinco a quince años.
Por la vía estatal esta tipificado en el artículo 309 del código penal del estado de Veracruz y se impondrá prisión de seis meses a seis años.
¿QUÉ ES EL DELITO DE SEDICIÓN?
EL DELITO DE SEDICIÓN ES EL QUE EN FORMA TUMULTUARIA, SIN USO DE ARMAS RESISTA O ATAQUEN A LA AUTORIDAD para:
I) Impedir el libre ejercicio de sus funciones
II) Evitar el cumplimiento de la ley
III) Abolir o reformar la Constitución Política del Estado o las instituciones que de ella emanen, o impedir la integración de estas o su libre ejercicio
IV) SEPARAR O IMPEDIR EL DESEMPEÑO DE SU CARGO A ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO, ESTATAL O MUNICIPAL.
La SEDICIÓN es un delito interno contra la autoridad. Aparte de su comisión contra las autoridades de CARÁCTER FEDERAL, PUEDE EXISTIR CONTRA LAS LOCALES; por ello la casi totalidad de los códigos penales de los estados de la federación también lo reglamentan.
El delito se integra:
a) Por la acción de resistir o atacar a la autoridad
b) Que la misma se realice en forma tumultuaria, sin uso de armas, lo que supone la participación de un grupo más o menos numerosos de personas
c) Que la acción tenga como dolo especifico el objetivo de impedir a la autoridad el libre ejercicio de sus funciones.