Por Julio Escobar
Municipiosur.com
El juez primero de Primera Instancia de Proceso y Procedimiento Penal Oral del XXI Distrito Judicial de Coatzacoalcos, Marco Eduardo Vidal Alor, vinculó a proceso a una mujer identificada con las iniciales M.M., por el delito de violencia de género en su modalidad psicológica, cometido en agravio de otra mujer. Este caso resulta relevante debido a que, comúnmente, este tipo de delito se asocia a agresiones de hombres hacia mujeres; sin embargo, la legislación penal vigente en el estado de Veracruz no limita su aplicación a un género específico del agresor, por lo que también puede configurarse cuando una mujer ejerce violencia contra otra. De acuerdo con lo expuesto durante la audiencia, se logró acreditar la conducta atribuida a la imputada, al demostrarse que ejerció violencia psicológica en un contexto que encuadra dentro del tipo penal de violencia de género, el cual puede presentarse tanto en el ámbito público como privado. El juzgador analizó los diversos datos de prueba presentados por ambas partes, en un proceso que se caracterizó por la amplitud de los elementos ofrecidos. Tras el debate, se valoraron aquellos que cumplían con los criterios de legalidad, pertinencia y suficiencia. Con base en esta valoración, y bajo los principios establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, el juez determinó emitir el auto de vinculación a proceso, aplicando un criterio lógico y jurídico en la interpretación de la norma. El proceso penal continuará en sus siguientes etapas, donde se definirá la situación jurídica de la imputada conforme avancen las diligencias correspondientes. Este caso marca un precedente importante al evidenciar que la violencia de género puede ser sancionada independientemente del sexo de quien la comete, reforzando el principio de que ninguna conducta violenta debe quedar impune.

