Por Jorge Yunis Manzanares
Me dice doña Mago quien colabora conmigo aquí en la oficina Lic., porque no comenta sobre una nota que salió hace dos días, donde se informa que un comando armando entró al Hospital de Minatitlán y ejecutó a un paciente.
COMENTARIO JURIDICO:
Efectivamente la madrugada de este sábado unos delincuentes ultimaron a un hombre que había sido baleado horas antes en la colonia Nueva Mina y la víctima era familiar del limpiaparabrisas que fue reportado como desaparecido hace una semana.
Unas horas antes según testigos cuatro individuos en un taxi sin número económico empezaron a disparar dejando herido a Erick Utria quien corrió a refugiarse a instalaciones de conocida gasolinera para después ser auxiliado por paramédico de la Cruz Roja.
Fue así como el paciente fue internado en el Hospital Civil de Minatitlán para su atención el cual el estado de salud fue reportado como estable y cuatro horas después un grupo de gente armada ingreso a dicho Hospital para acabar con la vida de dicha persona eso fue lo que pasó.
Pero como siempre tanto la Fiscalía Regional, el Fiscal de Distrito o el Fiscal que integro la carpeta de esos hechos de sangre no lo hicieron como debía de ser, de acuerdo al artículo 108 y 109 de nuestro Código Nacional de Procedimientos Penales nos habla de los DERECHOS DE LAS VICTIMAS U OFENDIDOS, y en este caso desde el momento que fue internado por lesiones de arma de fuego se volvió victima sea o no sea delincuente o por el motivo que lo hayan lesionado, ya que el articulo 108 y 109 nos habla de los DERECHOS que tiene esa persona lesionada como víctima y en especial en la fracción XVI A QUÉ SE LE PROVEA PROTECCIÓN CUANDO EXISTA RIESGO PARA SU VIDA O INTEGRIDAD PERSONAL, cosa que no se hizo y pudo haberse evitado la muerte de dicha persona.
LAS COSAS VAN A CAMBIAR CUANDO CADA AUTORIDAD CUMPLA CON SUS OBLIGACIONES.

