Jorge Yunis Manzanares
Hoy sale en todos los medios que la MAESTRA ELBA ESTHER GORDILLO quedó ABSUELTA por el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal de la Cd. De México por los DELITOS DE DELINCUENCIA ORGANIZADA Y LAVADO DE DINERO POR 2,600 Millones De Pesos.
Dice su abogado defensor que quedo libre porque le dictaron una SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
COMENTARIO JURIDICO:
Para quienes leen lo que aquí escribo les diré que en el NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL el SOBRESEIMIENTO es una forma anormal de terminación del proceso que tiene como objeto dejar sin efectos las pretensiones punitivas del Agente de Ministerio Público o de la víctima, por falta de interés jurídico, o por una notoria improcedencia, podrá decretarse en los siguientes casos:
1. Cuando el Agente de Ministerio Publico formule alegatos no acusatorios.
2. Cuando aparezca que la responsabilidad penal está extinguida.
3. Cuando no se hubiere dictado auto de vinculación proceso y aparezca que el hecho que motiva la investigación no es delictuoso, o cuando estando agotada ésta, se comprueba que no existió el hecho delictuoso que la motivo.
4. Cuando esté plenamente comprobado que a favor del inculpado existe alguna causa eximente de responsabilidad.
5. Cuando existan pruebas que acrediten fehacientemente la inocencia del inculpado.
6. Cuando el Agente del ministerio Publico no formule acusación en tiempo y forma.
7. Cuando se cumplen acuerdos reparatorios o restitutorios derivados de una suspensión de proceso penal a prueba.
8. Por la muerte del inculpado.
LO QUE NO SE SABE ES SI QUEDO ABSUELTA FUE PORQUE EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO NO FORMULO ALEGATOS O LAS PRUEBAS QUE EXISTÍAN ACREDITARON FEHACIENTEMENTE LA INOCENCIA DE LA SENTENCIADA Y EL JUEZ DICTO EL SOBRESEIMIENTO.

